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- Pacto de recompra: Operación financiera por la que se compra o vende un activo financiero (habitualmente un título de deuda pública) a un precio dado y a la vez se pacta la futura venta o compra del mismo activo a un precio fijado
- Pagarés: Son activos de Renta Fija a corto plazo. Su vida como máximo es de 18 meses. Los pagarés cubren la financiación del corto plazo de las empresas. Como las Letras del Tesoro los Pagarés también se emiten al descuento.
- Pagarés de empresa: También denominados papel comercial, por similitud con el comercial paper norteamericano, son instrumentos financieros de elevado nominal y vencimiento a corto plazo, que son emitidos a descuento, normalmente mediante subasta, por grandes empresas no financieras. Sus emisiones pueden ser directas o intermediadas, y estar basadas en colocaciones en serie o a la medida. Están respaldados por una línea de crédito bancario que asegura su liquidez.
- Plan de Pensiones: Contrato que contiene las reglas por las que se rigen las aportaciones que realicen al ismo los partícipes, la forma de invertirlas y la forma de otorgar en el futuro una renta o un capital en los casos de jubilación, invalidez o fallecimiento. Los planes de pensiones se materializan en un documento que contiene todas las previsiones para lograr una correcta administración de las aportaciones de los partícipes y las contribuciones de los promotores en su caso, a fin de que sea posible, en su día, hacer frente a las prestaciones comprometidas.
Los Fondos de Pensiones son el instrumento utilizado para dar cumplimiento a los planes de pensiones. Constituyen un conjunto patrimonial, que pertenece a los partícipes y que supone la suma de los patrimonios de uno o más planes de pensiones.
Las diferencias entre plan y fondo de pensiones son obvias, puesto que el fondo está constituido por el patrimonio (inversión de las paortaciones de los partícipes y del promotor, en su caso) de uno o más planes, que son el contrato en base al cual los partícipes se ponen de acuerdo para invertir de una forma determinada.
- Plan de Pensiones Asociado: Es aquel al que pueden acceder los miembros de una asociación, sindicato, gremio o colectivo, siendo el promotor la propia asociación. Los planes asociados podrán adoptar cualquiera de las tres modalidades: prestación definida, aportación definida y mixtos.
- Plan de Pensiones de Aportación Definida: Son aquellos en que la magnitud predeterminada es la cuantía de las paortaciones. Las prestaciones están a expensas de los resultados de la cartera del fondo de pensiones. Es decir, las prestaciones dependen del importe de las aportaciones y de la rentabilidad obtenida por la cartera del fondo de pensiones.
- Plan de Pensiones de Empleo: Va destinado a los empleados de cualquier empresa, siendo promotor la porpia empresa. También es posible que el plan sea promovido por un grupo de empresas, siempre que le número de trabajadores de cada empresa no exceda de 250. Los planes de empleo podrán adoptar cualquiera de las tres modalidades: prestación definida, aportación definida y mixtos.
- Plan de Pensiones Individual: Puede acceder al plan de pensiones cualquier persona física, siendo promotor una o varias entidades financieras (bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, entidades aseguradoras, etc.). Los planes individuales únicamente podrán ser de aportación definida.
- Plan de Pensiones Mixto: Están definidas parcialmente tanto prestación como aportación. Exigen técnicas de inmunización, y normalmente seguros complementarios.
- Plan de Pensiones de Prestación Definida: Son aquellos que se definen como magnitud predeterminada la cuantía de todas las prestaciones a recibir por los beneficiarios. Respecto a las aportaciones, si bien están estimadas, su importe irá variando con los resultados del fondo de pensiones para que, siguiendo el principio de capitalización, las aportaciones y los resultados de la masa patrimonial cubran unas determinadas prestaciones.
- Plazos de vigencia de una orden bursátil: Período de validez de una orden bursátil. Éstos pueden ser:
a) Validez día. La orden es válida sólo para la sesión en curso. En caso de no negociarse en el transcurso de la misma se cancela automáticamente.
b) Validez hasta una fecha. Se marcará una fecha de validez máxima. Al cierre de la sesión de dicha fecha se cancelará automáticamente la orden o resto no negociado. La validez máxima que actualmente admite el sistema es la penúltima fecha del mes en curso.
c) Validez hasta su cancelación. Las órdenes o resto no negociados se cancelarán automáticamente el último día del mes en curso. El sistema entiende que una orden dada hasta su ejecución sólo es para el mes en curso.
- Paradoja de tipos de interés: Efecto propio de sistemas de tipos de cambio semifijos, como el Sistema Monetario Europeo, por el que la moneda de un país con mayor tasa de inflacción y problemas de convergencia se aprecia frente a la de otros países con menores tasas de inflacción y mayores niveles de estabilidad, debido a la insuficiencia de las políticas de convergencia aplicadas por el primer país.
- Paraíso fiscal: Es aquel país donde se trata muy beneficiosamente a los inversores extranjeros o a las sociedades que allí se domicilian con muy bajos o nulos impuestos.
- Paridad: Se considera paridad a la relación de cambio entre las distintas monedas.
- Participaciones: Son las partes en las que se divide el patrimonio de los fondos de inversión. El valor de estas participaciones varia diariamente en función de acuerdo a la marcha de los activos financieros en que se invierte el patrimonio de estos fondos.
- Partícipes: Son todos y cada uno de los copropietarios – personas físicas o jurídicas- del patrimonio colectivo del Fondo, es decir, todos aquellos que aportan sus ahorros al fondo, adquiriendo, en función de sus aportaciones, la propiedad de un porcentaje del patrimonio del fondo, que se concreta en un determinado número de participaciones.
- Patrimonio: Es el conjunto de activos financieros y bienes tangibles que componen la fortuna de una persona o de una sociedad. El concepto de patrimonio es también aplicable al dinero que manejan los fondos de inversión proveniente de las aportaciones de los inversores.
- PER: Es la relación que existe entre el precio y el beneficio de un activo financiero. Se mide en número de veces, y refleja en cuanto tiempo recupero el valor del activo en el que invierto con los beneficios que este activo me genera. Es muy utilizado para medir si las acciones son caras o baratas, al relacionar el precio de la acción con los beneficios que genera la sociedad donde he invertido. Hablamos de beneficios, no de dividendos, lo importante son los beneficios que obtenga la sociedad con independencia del porcentaje que reparta a sus accionistas.
- Pérdida: Cuando vendo un activo financiero con un precio inferior al que lo compré se sufre una pérdida.
- Plazo: Periodo de tiempo al que decido invertir. Al establecer el plazo debo de considerar si puedo necesitar el dinero en ese periodo.
- Plusvalía: Es el aumento de valor de un activo financiero o de un bien tangible por la presión de los compradores con una oferta insuficiente.
- Política monetaria: Con la política monetaria se manejan los tipos de interés para influir en otras magnitudes como puede ser la inflación.
- Ponderación: La ponderación es el peso que se atribuye a cada variable dentro de un conjunto que se pretende medir o expresar en un índice.
- Posición abierta: Cuando dos participantes negocian un contrato de futuros por primera vez generan una posición abierta. En el caso de futuros, posición abierta. En el caso de futuros, posición abierta compradora es la posición en la cual se queda obligado a comprar. Posición abierta vendedora es aquella posición en la cual se queda obligado a vender.
- Precio de cierre: Se calculará diariamente al finalizar la sesión bursátil y para ello se tomará en cuenta el precio medio ponderado de los doscientos últimos títulos negociados. El precio de cierre será el precio de referencia del valor para la siguiente sesión.
- Precio de compensación: Media de los precios registrados el día de la liquidación, sobre cuya base se calculan los intereses del saldo.
- Precio del dinero: Se trata del dinero que tenemos que dar para que nos presten dinero. A corto plazo lo marca el Banco de España con sus intervenciones diarias y la subasta decenal que celebra con las entidades financieras. A largo plazo lo marca el mercado.
- Precio de ejercicio de una opción o Strike Price: Es el precio al cual se ejerce la opción call o put al vencimiento de dicho contrato.
- Préstamos sindicados: Son financiaciones singulares, de gran volumen, concedidas por varias entidades conjuntamente.
- Préstamo de Valores: Cesión de títulos para su aplicación a las operaciones de venta con crédito al mercado a cambio de un determinado interés. El préstamo de valores para operaciones con crédito al mercado está regulado con carácter general por la Orden Ministerial de Economía y Hacienda de 25 de marzo de 1991 y, para las instituciones de inversión colectiva específicamente, por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 31 de julio de 1991. El préstamo de valores se documenta mediante un contrato en el que deberá identificar los valores objeto del mismo, a través de su referencia de registro, indicando expresamente su afectación a dicho uso y la duración del préstamo.
- Prima: Suma percibida por el vendedor en un mercado a plazo, para doblar su posición cuando la posición de compra es inferior a la de venta.
- Prima de una opción: En los mercados a plazo es el precio pagado por el comprador de opciones al vendedor por adquirir el derecho a comprar una sola acción. Como cada contrato es de cien acciones el precio al contado es cien veces la prima. En general la prima es el exceso que se paga sobre el valor teórico de un activo financiero. El valor de la prima viene determinado por el valor intrínseco y el valor temporal de la misma. En caso de opción de compra el valor intrínseco, se calcula restando del precio de mercado el precio de ejercicio. En las opciones de venta es la resta del precio de ejercicio menos el precio de mercado.
- Prima de asistencia: La prima de asistencia a las juntas generales de accionistas las paga la empresa para que el inversor acuda y participe en la junta. Estas primas son de 5 o 10 pesetas por cada acción que posea el accionista.
- Prima de emisión: Es aquella ampliación de capital en las que se paga una prima de emisión. El accionista entrega sus derechos de suscripción, paga el valor nominal de la acción y también se le exige una prima de emisión. La suma de los tres conceptos no puede superar el precio de las acciones viejas.
- Prima de riesgo: Consiste en el mayor coste que para los países más débiles supone captar dinero frente a los países con una economía más poderosa.
- Productos financieros: Son aquellos que entran dentro de la financiación de una empresa, país, etc. El inversor los compra para obtener con ellos una ganancia y el emisor los vende para captar un dinero con el compromiso de devolverlo y satisfacer las rentabilidades prometidas.
- Productos de activo: Dentro de la terminología bancaria estos productos se corresponden con la inversión crediticia de las entidades.
- Productos de pasivo: Dentro de la terminología bancaria son aquellos que captan el dinero de sus clientes.
- Productos de cobertura: Son aquellos productos que sirven para cubrir un riesgo. Un ejemplo claro de estos productos son los futuros y las opciones.
- Productos derivados: Las opciones y los futuros también se entienden como productos derivados. Esto quiere decir que sus precios derivan de otros productos que toman como referencia.
- Program Trading: Transacción por ordenador. A partir de un cierto nivel de cotización, las órdenes de compra o de venta son programadas para ser efectuadas automáticamente. Proceso peligroso que puede producir efectos acumulativos acentuadores de las variaciones de cotización.
- Protector del inversor: Es una figura creada por la Sociedad Rectora de la Bolsa de Madrid para recoger las reclamaciones de los inversores y buscar soluciones arbitradas con las partes en litigio. Su único poder es el del arbitraje y no tiene capacidad sancionadora como la CNMV.
- Punto de equilibrio operativo: Ratio que sirve para medir el grado de apalancamiento operativo de una compañia. Se define como el nivel de producción o nivel mínimo de ventas que es necesario para que la empresa sea capaz de cubrir sus costes fijos. Este punto o cantidad no significa necesariamente que la empresa gane dinero, ya que después de cubrir costes fijos hay que atender el resto de los gastos incluyendo los no financieros. Matemáticamente se define como el resultado de dividir el total de ocstes fijos por el precio de venta de producto menos los costes variables empleados para producirlo.
 
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