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Gastos de una hipoteca
IVA / ICIG
Impuesto sobre el Valor Añadido. Grava la primera transmisión
de los inmuebles. El importe para las viviendas es el 7% sobre el
precio de venta indicado en la escritura de compraventa. En Canarias
el IVA se sustituye por el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario)
y su importe es el 5%.
ITP
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que grava las segundas y
posteriores transmisiones de los inmuebles (en estos casos no se
paga IVA). Se aplica sobre el valor de compra indicado en la escritura
de compraventa. El tipo de gravamen es diferente en función
de las Comunidades Autónomas, e incluso dentro de las mismas
puede variar en función de determinadas circunstancias. Los
tipos más frecuente son el 6% y el 7%.
IAJD
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se aplica a los
contratos que se formalizan en documento notarial, inscribible en
el Registro y con cuantía económica, como es el caso
de una compraventa o hipoteca. La base de cálculo es la responsabilidad
hipotecaria en el caso de las hipotecas y el importe escriturado
en el caso de las compraventas (sólo cuando se trata de primera
transmisión). El tipo a aplicar depende de las Comunidades
Autónomas y del importe, puede oscilar entre el 0,1% y el
1%.
Notaría
Honorarios por la intervención del Notario como fedatario
público. El importe viene determinado por el valor de la
compraventa, o por el importe del préstamo en el caso de
las hipotecas, aunque también puede influir la extensión
de la escritura o la existencia de operaciones conexas.
Registro
Los honorarios por la intervención del Registrador de la
Propiedad. Su importe depende del valor escriturado en la compraventa
y del importe del préstamo en la hipoteca.
Gastos de gestión
Honorarios del gestor para la realización de todos los trámites
previos a la firma (comprobación de la situación registral
de la vivienda, cancelación de cargas, preparación
de las escrituras) y posteriores (pago de impuestos e inscripción
en el Registro).
Comision de apertura
Comisión que cobra la entidad financiera por los servicios
de estudio, administración y gestión generados en
la concesión de un préstamo hipotecario.
Tasación
Es el coste de la valoración de la vivienda que debe realizar
un perito independiente y autorizado por el Ministerio de Economía
y Hacienda para poder formalizar la hipoteca.
El importe es aproximado, pudiendo existir particularidades en las
diferentes Comunidades o Municipios; asi como entidades, el importe
exacto le será facilitado por el Gestor antes de la firma.
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