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Gastos de una hipoteca

IVA / ICIG
Impuesto sobre el Valor Añadido. Grava la primera transmisión de los inmuebles. El importe para las viviendas es el 7% sobre el precio de venta indicado en la escritura de compraventa. En Canarias el IVA se sustituye por el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) y su importe es el 5%.

ITP
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que grava las segundas y posteriores transmisiones de los inmuebles (en estos casos no se paga IVA). Se aplica sobre el valor de compra indicado en la escritura de compraventa. El tipo de gravamen es diferente en función de las Comunidades Autónomas, e incluso dentro de las mismas puede variar en función de determinadas circunstancias. Los tipos más frecuente son el 6% y el 7%.

IAJD
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se aplica a los contratos que se formalizan en documento notarial, inscribible en el Registro y con cuantía económica, como es el caso de una compraventa o hipoteca. La base de cálculo es la responsabilidad hipotecaria en el caso de las hipotecas y el importe escriturado en el caso de las compraventas (sólo cuando se trata de primera transmisión). El tipo a aplicar depende de las Comunidades Autónomas y del importe, puede oscilar entre el 0,1% y el 1%.

Notaría
Honorarios por la intervención del Notario como fedatario público. El importe viene determinado por el valor de la compraventa, o por el importe del préstamo en el caso de las hipotecas, aunque también puede influir la extensión de la escritura o la existencia de operaciones conexas.

Registro
Los honorarios por la intervención del Registrador de la Propiedad. Su importe depende del valor escriturado en la compraventa y del importe del préstamo en la hipoteca.

Gastos de gestión
Honorarios del gestor para la realización de todos los trámites previos a la firma (comprobación de la situación registral de la vivienda, cancelación de cargas, preparación de las escrituras) y posteriores (pago de impuestos e inscripción en el Registro).

Comision de apertura
Comisión que cobra la entidad financiera por los servicios de estudio, administración y gestión generados en la concesión de un préstamo hipotecario.

Tasación
Es el coste de la valoración de la vivienda que debe realizar un perito independiente y autorizado por el Ministerio de Economía y Hacienda para poder formalizar la hipoteca.

El importe es aproximado, pudiendo existir particularidades en las diferentes Comunidades o Municipios; asi como entidades, el importe exacto le será facilitado por el Gestor antes de la firma.