|
|
|
|
|
|
| |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
G |
H |
I |
J |
L | M
| N
| O
| P
| R
| S
| T
| U V W |
| |
-
Dealer:
Nombre que reciben los intermediarios que además de comprar
activos financieros para sus clientes lo hacen para ellos mismos.
- Déficit público:
Este se produce cuando en un Estado los gastos son superiores a los
ingresos que percibe. La forma de financiar este déficit tiene
un gran efecto sobre los mercados financieros. En nuestro país
este déficit se financia principalmente a través de
la deuda pública, letras ,bonos y obligaciones principalmente.
- Demanda: Así se expresa
la intención de compra de los inversores, cuando la demanda
supera la oferta los precios suben.
- Demandado: Calificación
dada a un desequilibrio tal entre la oferta y la demanda que impide
que el título pueda cotizarse.
- Depositarios: Son las entidades
financieras a las que se encomienda la guardia y custodia de los activos
adquiridos. Por este servicio cobran porcentajes que suelen ser de
una peseta o cincuenta céntimos por cada mil que tienen depositadas.
- Depósito: Entrega de
garantía sobre el MEFF. Equivale a una parte del compromiso.
En el mercado de opciones, toda operación de venta inicial
implica un depósito correspondiente a la teórica pérdida
máxima producida por esta venta. Está integrado por
especies y por productos financieros.
- Depósitos interbancarios transferibles:
Proyecto de transformación de los depósitos interbancarios
en instrumentos negociables, con características de emisión
a la par por una entidad concreta, con un tipo de interés explícito
y prefijado, a plazo de entre uno y doce meses, y materializados en
anotaciones en cuenta registradas en el Servicio de Telefónico
del Mercado de Dinero.
- Depósitos por empleado:
Recursos de clientes respecto al número de empleados.
- Depósitos por oficina:
Recursos de clientes respecto al número de oficinas.
- Depreciación: es la pérdida
de valor de una moneda en comparación con otras u otras.
- Derecho de atribución:
Derecho negociable referido a cada acción cuando tiene lugar
una distribución gratuita de títulos. Independizado,
se cotiza por separado en el mercado al contado.
- Derecho de custodia: Remuneración
percibida por el intermediario financiero que guarda valores móviles
por cuenta de un agente económico.
- Derecho de suscripción:
Es el derecho que tienen las acciones cuando se produce una ampliación
de capital. Con estos derechos si el inversor los ejercita podrá
adquirir acciones nuevas, o por el contrario puede venderlos. Estos
derechos valen dinero y se descuentan del valor de mercado de la acción,
se pueden negociar en el mercado.
- Derechos de entrada y salida: Gastos
generados en las acciones de compra y de venta por los gestores de
SICAV y FCP.
- Derechos políticos: Son
aquellos derechos que tiene el accionista para aprobar o desaprobar
las actuaciones de los gestores de la sociedad de la que posee acciones.
Estos derechos se suelen ejercitar en la junta general de accionistas.
Las acciones sin voto renuncian a los derechos políticos a
favor de un mayor dividendo.
- Derivado: Es un instrumento
financiero de gestión de riesgo, cuyo valor depende del precio
en el mercado de contado de un activo. Se configura como un acuerdo
formalizado a través de un contrato, para realizar un transacción
en un futuro. Los contratos de opciones y futuros son productos derivados.
- Descuento de flujos de fondos o descuento
de Cash Flows: Método para tratar de determinar
el valor de una empresa a través de la estimación de
flujos de dinero (cash flows) que generará en el futuro, para
luego descontarlos a una tasa de descuento apropiada según
el riesgo de dichos flujos. Esta metodología tradicionalmente
utilizada en Estados Unidos es la más utilizada en la actualidad.
- Descuento obligatorio: Régimen
fiscal por el que pueden optar los poseedores de obligaciones. Les
permite librarse del impuesto sobre la ganancia, en lo que concierne
a ganancias derivadas de sus obligaciones.
- Desdoblamiento de las acciones "SPLIT":
El split o desdoblamiento de acciones consiste en multiplicar el número
de acciones por un determinado factor, reduciendo el valor nominal
de las mismas. No supone, por lo tanto, aportación alguna a
la sociedad. El capital social y el neto patrimonial permanecen invariables
y lo único que aumenta es el número de acciones en circulación.
- Desgravación: Es la disminución
de la base imponible de un tributo. Con la desgravación el
Gobierno favorece por la vía fiscal unas inversiones sobre
otras.
- Desmaterialización: Supresión
del soporte papel de los valores móviles.
- Deuda: Son las emisiones de
renta fija que realiza el Estado o las Comunidades Autónomas
para financiarse.
- Devaluación: La devaluación
es la pérdida de valor de una moneda respecto de otras que
solicita un gobierno en un momento de crisis de su divisa.
- Diamante: Formación chartista
de volumen irregular e indicativa de un cambio de tendencia del mercado
y con implicaciones bajistas a muy corto plazo.
- Diferencial de tipos de interés:
Es la diferencia entre los distintos tipos que rigen en los países.
Los países de economías más sólidas y
menor inflación son los que menores tipos de interés
tienen. Es conocida también como prima de riesgo.
- Dirección General del Tesoro y Política
Financiera: Es el organismo público que se encarga
entre otras cosas de financiar al Estado. Es el mayor emisor de nuestro
país y desde el se fija la estrategia para financiar el déficit
público. El interés de sus activos es la referencia
para el resto de los activos.
- Disfrute ( fecha de ): Inicio
del período en que se plasma el derecho a percibir un beneficio
por un valor móvil, dividendo una acción, interés
una obligación.
- Diversificación del riesgo:
Inversión en una amplia variedad de activos o valores para
reducir el riesgo de una cartera. El riesgo total de una cartera o
su volatilidad disminuye con la diversificación, una cartera
formada por valores no perfectamente correlacionados entre si ofrece
un patrón de rentabilidad-riesgo superior al de sus componentes
individuales.
- Dividendos: Es la parte de los
dividendos que consigue la empresa que se destinan a los accionistas.
del beneficio y tras el pago de los impuestos, una parte de este beneficio
va a las reservas y otra parte al pago de dividendos como retribución
de capital.
- Dividendo a cuenta: Es el dividendo
que paga la sociedad a cuenta de los beneficios que espera obtener
ese año. Estos pueden ser uno o varios.
- Dividendo complementario: Es
el dividendo que pagan las empresas y que complementa el pagado a
cuenta, una vez conocidos los beneficios después de impuestos
que va a tener la empresa.
- Dividendo único: es el
pago del dividendo que hacen las empresas de una sola vez.
- Divisas: Por divisas entendemos
todas las monedas extranjeras, extendiéndose también
a cualquier otro instrumento de pago nominado en una moneda extranjera.
- Doble Techo y Doble Suelo: Formaciones
chartistas que indican un cambio en una tendencia principal o primaria,
por lo que es más fácil de observar en gráficos
de precios semanales. Su representación gráfica consta
de dos picos o valles.
- Dow Jones: Índice bursátil
americano, lleva el nombre de sus creadores. Está constituido
por los 30 valores industriales y financieros más importantes. |
| |
| |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
G |
H |
I |
J |
L | M
| N
| O
| P
| R
| S
| T
| U V W |
| |
|