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ÍNDICES APLICABLES
Los tipos o índices de referencia son los valores objetivos
que se utilizan para determinar el tipo de interés aplicable
a cada período del préstamo, de acuerdo con lo pactado
en cada caso.
El tipo de interés revisado se calcula añadiendo al
índice de referencia un margen o diferencial.
Existen muchos índices de referencia, si bien se pueden distinguir
dos categorías:
ÍNDICES
OFICIALES
Son
aquéllos que publica mensualmente el Banco de España
en el Boletín Oficial del Estado, para los préstamos
hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de
vivienda.
Euribor 1 año: media simple de los tipos de
interés diarios, aplicados para las operaciones cruzadas al
plazo de 1 año, en el mercado de depósitos interbancarios
de la zona de la Unión Monetaria, entre las 64 entidades financieras
con mayor nivel de negocio.
Mibor 1 año: es el precio al que los Bancos
y Cajas se prestan dinero en el mercado interbancario de Madrid. Este
tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia
oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas
después del 1 de enero de 2000 (Orden de 1 de diciembre de
1999, BOE de 4 de diciembre).
IRPH de Bancos: tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de 3 años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por los bancos.
IRPH de Cajas: tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de 3 años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las Cajas.
IRPH del Conjunto de Entidades: tipo medio de los
préstamos hipotecarios a más de 3 años, para
la adquisición de vivienda libre, concedidos por el conjunto
de entidades de crédito.
CECA: es la media de los tipos aplicados a préstamos
personales entre uno y tres años y de los préstamos
hipotecarios a más de 3 años.
Deuda Pública: tipo de rendimiento interno,
en el mercado secundario, de la Deuda Pública de plazo entre
2 y 6 años.
La definición y forma de cálculo de estos índices
se recoge en las Circulares del Banco de España 5/1997, de
22 de julio (BOE de 3 de agosto); 7/1999, de 29 de junio (BOE de 9
de julio), y 1/2000, de 28 de enero (BOE de 10 de febrero).
ÍNDICES
NO OFICIALES
Son todos aquellos índices distintos de los anteriores, es
decir, no publicados por el Banco de España en el BOE como
oficiales, sino en otro medio válidamente admitido por ambas
partes en el contrato. Los más comunes son:
• Euribor 6 meses
• Euribor 3 meses
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